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Última actualización: 17/11/2023
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección General de la Granja

Registro y declaración jurada de existencias obligatorias de cámaras frigoríficas para productos hortofrutícolas

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Las empresas y productores propietarios de cámaras frigoríficas deben:

  • Efectuar por única vez el Registro de Cámaras Frigoríficas.
  • Realizar mensualmente la Declaración Jurada de Existencias de Productos Hortifrutícolas.

Esto es según el Decreto N°69/008 del 11 de febrero de 2008, únicamente en planilla disponible en el sitio Web. La disposición abarca a las cámaras frigoríficas con capacidad superior a los sesenta (60) metros cúbicos (m3), ubicadas en todo el territorio nacional, incluyendo a las Zonas Francas.

Requisitos

  • Existencias almacenadas en el depósito frigorífico, en la última hora del último día de cada mes.

IMPORTANTE: En caso de que en el último día de mes no haya existencias en los rubros que se declaran habitualmente, en la planilla de declaración se deberá poner “cero” (0). Solamente se deben declarar los productos que figuran en el formulario electrónico, expresando la cantidad de toneladas (t). DIGEGRA procederá a la verificación de datos y existencias en las cámaras frigoríficas, en base a la normativa legal vigente.

Otros datos de interés

  • NOTA: Se recuerda que de acuerdo a lo establecido en el Decreto de referencia, en su Artículo 7: “El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente decreto será sancionado de conformidad con lo preceptuado por el Art. 285 de la Ley 16.736, de 5 de enero de 1996”.
  • A tener en cuenta: si se ingresan los datos durante los primeros cinco (5) días hábiles del mes de junio de 2014, en la planilla electrónica se deberán declarar las existencias almacenadas en el último día del mes de mayo de 2014.

Consultas:

  • Dirección General de la Granja (DIGEGRA) Departamento de Promoción Comercial (DPC).
  • Dirección: Avenida General Eugenio Garzón 456 piso 1, 12900.
  • Teléfono: 2306 4280.
  • Correo electrónico: digegradeclaracion@mgap.gub.uy
Iniciar trámite en línea

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar al botón "Iniciar trámite en línea". 
    2. Completar con el número de RUT y contraseña.
    3. En el caso de que sea un nuevo usuario, deberá registrarse en el mismo lugar para tener acceso al Sistema.
    Iniciar en Línea
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En línea:

    • Ingresando al link o botón "Iniciar Trámite en Línea".  

    Observaciones:

    • El plazo que se dispone para efectuar la declaración es durante los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes.

    Consultas:

    • Dirección General de la Granja (DIGEGRA) Departamento de Promoción Comercial (DPC)
    • Dirección: Avenida General Eugenio Garzón 456 piso 1, 12900
    • Teléfono: 2304 7422 Interno 213 - Ing. Agr. Dante Giosa
    • Correo electrónico: digegradeclaracion@mgap.gub.uydgiosa@mgap.gub.uy 

     

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