Registro y declaración jurada de fabricantes e importadores de pinturas, barnices y otros
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es el Registro y la Declaración Jurada que deben realizar los fabricantes e importadores de pinturas, barnices y otros, de acuerdo al Decreto N° 069/011, que establece que el máximo contenido de plomo es de 600 ppm (partes por millón) para los siguientes productos:
- Pinturas arquitectónicas (también llamadas de uso decorativo o del hogar), barnices y materiales similares de recubrimientos de superficies, que hayan sido pre acondicionados, tintados o preparados por el fabricante, incluyendo los colores preparados en los puntos de venta con productos originales del fabricante.
- Pinturas de uso infantil como témperas, acuarelas y similares.
- Tintas gráficas y masterbatches.
Además, establece:
- La prohibición de fabricar e importar los productos alcanzados con un nivel de plomo mayor a 600 ppm luego de los 180 días de entrada en vigencia, es decir luego de 23/08/2011.
- La prohibición de comercialización de los productos comprendidos en el alcance de la prohibición luego de los 360 días de entrada en vigencia, es decir luego de 19/02/2012.
- El registro obligatorio de los fabricantes e importadores de pinturas, barnices, tintas y masterbatches antes de los 6 meses de entrada en vigencia, es decir antes de 24/08/2011, a través del sistema de Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).
Este registro incluye:
- Propuesta de muestreo analítico del contenido de plomo de los productos alcanzados y estrategias de devolución de stocks.
Requisitos
Para el Registro:
- Completar el formulario a través del sistema de VUCE.
- Presentar una copia impresa y firmada por el titular, representante legal o apoderado de la empresa, junto con un certificado notarial que acredite la personería jurídica y representación que se invoca, en Mesa de Entrada de DINACEA.
Aquellas empresas que estén alcanzadas por el Decreto N° 260/007 (Reglamentario de la Ley N°17.849, Uso de envases no retornables) y que ya se hayan registrado en DINACEA como propietarias de marca o importadoras de productos envasados, fabricantes o importadores de envases o envasadores para terceros, no deberán presentar nuevamente certificado notarial que acredite la personería jurídica y la representación que se invoca, siempre y cuando no hayan habido modificaciones que impliquen la presentación de un nuevo certificado notarial).
Para la Declaración Jurada:
- Completar el formulario de Registro a través del sistema de VUCE.
- Presentar una copia impresa y firmada por el titular, representante legal o apoderado de la empresa, junto con un certificado notarial que acredite la personería jurídica y representación que se invoca, en Mesa de Entrada de DINACEA.
- Adjuntar los certificados de análisis de contenido de plomo y acreditación del laboratorio en el caso de ser extranjeros.
Para ambos casos, se recomienda acceder al Instructivo para completar el formulario.
Otros datos de interés
- El trámite se inicia en línea y finaliza presencial.
- Recomendamos para todo lo vinculado a los trámites ante el Ministerio de Ambiente, utilizar correos electrónicos que no sean de casillas @hotmail para garantizar una correcta interacción por esta vía, en cuanto al ida y vuelta de información, documentación y consultas.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por InternetUsuario VUCE - registro de persona física en la Ventanilla Única de Comercio Exterior.
Usuario VUCE - registro de empresa en la Ventanilla Única de Comercio Exterior.
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
- Contar con la información y documentación solicitada.
En persona¿Cómo se hace?
Por InternetIniciar en Línea- Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Completar los datos y la información del formulario web.
En persona- Luego de completar en línea el formulario a través del sistema de VUCE, se presenta en Mesa de Entrada de DINACEA, una copia con los requerimientos detallados.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Mesa de Entrada de la DINACEA.
- Dirección: Juncal 1385, piso 5. Montevideo.
- Horario de atención: de lunes a viernes de 09:15 a 16:00 horas.
- Teléfono: 29173380 internos 6100 - 6101
Enlaces relacionados