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Última actualización: 03/03/2026
Ministerio de Salud Pública - Dirección General de la Salud

Registro de empresas usuarias sin sucursales de la División Sustancias Controladas

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Este trámite aplica exclusivamente a empresas que NO cuentan con sucursales

Es el trámite a través del cual las usuarias empresas usuarias de la División Sustancias Controladas, SIN SUCURSALES, se registran ante la División Sustancias Controladas a efectos de realizar gestiones vinculadas a sicofármacos, estupefacientes, precursores y productos químicos, en cumplimiento de la normativa vigente.

IMPORTANTE: Las EMPRESAS QUE CUENTEN CON UNA O MAS SUCURSALES deberán iniciar su registro a través del trámite correspondiente, disponible aquí.

Requisitos

Otros datos de interés

En este trámite deben registrarse ante esta División las EMPRESAS SIN SUCURSAL que operen con sustancias controladas, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto-Ley N.º 14.294 y el Decreto N.º 391/002.

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Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

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