Registro de establecimientos de engorde a corral (EEC) con destino a faena
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Todos los Establecimientos de Engorde a Corral (EEC) con destino a faena, con capacidad instantánea mayor a 500 cabezas de bovinos, deberán registrarse en la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (DINACEA, antes DINAMA). Una vez verificada la información por parte de DINACEA, se emite una constancia que permite continuar el trámite de habilitación en el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca (MGAP).
Requisitos
- Tener iniciado el expediente del Plan de Gestión de Residuos Sólidos.
- Completar el formulario, firmarlo, e incluir timbre profesional.
- Presentar los adjuntos solicitados, según corresponda.
- Certificado notarial de personería jurídica y representación de la empresa.
- Declarar un contacto telefónico o correo electrónico a los efectos de las notificaciones correspondiente.
Costos
- Requiere timbre profesional cuyo valor depende del profesional que lo presente.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
En persona
¿Cómo se hace?
En persona
- Se presenta el formulario completo y una copia, más la documentación según corresponda, en Mesa de Entrada de DGS - Ministerio de Ambiente.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Mesa de Entrada de DGS - Ministerio de Ambiente.
- Dirección: Juncal 1385, piso 5. Montevideo.
- Horario de atención: de lunes a viernes de 09:15 a 16:00 horas.
- Teléfono: 2917 3380 internos 6100 - 6101
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