Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección General de Servicios Agrícolas
Registro Nacional de operadores de instalaciones de granos (REOPINAGRA)
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Se trata de un registro en el que deben inscribirse todos los acopiadores de granos que cuentan con más de 1000 (mil) toneladas de capacidad de acopio.
El usuario debe registrarse y declarar mensualmente las existencias y movimientos de granos.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica, sociedad o asociación con o sin personería jurídica de naturaleza civil o comercial y poseer instalaciones de acopio de su propiedad o en administración, incluidas aquellas ubicadas en Zona Franca, de una capacidad de 1000 (mil) toneladas de granos o superior.
- Incluye a los Productores Rurales que almacenen más de 1000 toneladas de cualquier grano en Instalaciones fijas o Silos Bolsa.
- Tener Número de RUT.
- Contar con Registro de la Empresa.
Otros datos de interés
Consultas:
- Dirección General de Servicios Agrícolas.
- Dirección: Avenida Millán 4703, Montevideo, Uruguay.
- Teléfono: (+598) 2309 8410.
- Horario de atención: de lunes a viernes, de 09:00 a 17:00 horas.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
Por InternetIniciar en Línea- Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con usuario registrado.
- Completar la información solicitada en el formulario web.
¿Dónde y cuándo se realiza?
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