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Última actualización: 25/07/2023
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social - Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social

Registro y renovación del libro de registro laboral

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Todas las empresas deben llevar un Libro de Registro Laboral en cada establecimiento, aún en los casos en que el usuario haya optado por el régimen de centralización de la Planilla de Trabajo, excepto las empresas de construcción, que pueden optar por llevar un Libro de Registro Laboral Único en el domicilio donde se encuentra centralizada la documentación, debiendo en ese caso especificar en las anotaciones que se hagan la obra o lugar al que se refiere la anotación.

El Libro de Registro Laboral debe ser renovado cuando se completen sus folios,  en los casos de destrucción, hurto o extravío del mismo, presentar la correspondiente denuncia.

Requisitos

  • El usuario debe adquirir el Libro de Registro Laboral en los comercios de plaza y presentarlo para su registro.
  • En los casos en que la empresa tuviera un Libro Único de Trabajo registrado con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto N°108/2007, deberá presentarlo en la División Documentos de Contralor para su homologación.
  • Si cuenta con personal dependiente, el plazo para registrarlo es de 10 días hábiles, de no contar con dependientes, no deberá presentar el Libro. 
    • Dicho extremo se acreditará con la exhibición de la inscripción de la empresa ante el BPS.
Iniciar trámite en línea

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresando en el  botón "Iniciar trámite en línea".
    2. Completar los datos requeridos en el formulario web. 
    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Se podrá realizar dicho trámite en las Oficinas de Trabajo de la localidad donde la empresa desarrolla la actividad.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • Centro de Atención Ciudadana (CAC).
    • Dirección: Juncal 1511, Planta Baja.
    • Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 17 horas (entrega de números limitada). 

    En el Interior del país:

     

     

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