Seguro de vida para policías en actividad, retirados y pensionistas policiales
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es un beneficio que generan Activos, Retirados y pensionistas.
En caso de fallecimiento del policía en actividad, retirado o pensionista, la persona designada por el titular tendrá derecho a un único pago por concepto de Seguro de Vida.
Para poder tramitarlo, el beneficiario deberá acercarse a las Oficinas de la D.N.A.S.S.P. En el caso que sea policía en actividad, debe designarlo en su Unidad Ejecutora.
Requisitos
DOCUMENTACIÓN:
- Cédula de identidad del solicitante
- Cédula de identidad del fallecido
- Partida de defunción
Y adicionalmente según cada caso:
VIUDA/O:
- Partida de matrimonio
HIJOS:
- Partida de nacimiento
Consulte por otros beneficiarios.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
En persona
- Presentándose personalmente con la documentación solicitada en la oficina correspondiente.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Julio Herrera y Obes 1466 en el horario de atención, de 9:00 a 15:00 horas.
En el interior del país:
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