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Última actualización: 05/06/2026
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección Nacional de Aduanas

Solicitud de acceso a la información pública - Dirección Nacional de Adunas (D.N.A)

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Incumplimiento del Decreto 353/23 - Recepción de denuncia

Trámite por el cual las personas pueden solicitar información que se encuentra en poder de la Dirección Nacional de Aduanas.
El acceso a la información pública en poder del Estado es un derecho de todas las personas sin discriminación, la Ley 18.381 garantiza ese derecho.

Requisitos

  • Aportar datos.

    La solicitud debe contener:

    • Datos de Persona Física :
      • nombre y apellido.
      • número de cédula
      • domicilio
      • forma de comunicación (puede ser por mail).
    • Datos de Persona Jurídica :
      • denominación
      • RUT
      • domicilio
      • identidad del representante y un documento que acredite dicha representación
      • forma de comunicación (puede ser por mail).
    • Información solicitada al amparo de la Ley 18.381: Es importante que la solicitud sea lo suficientemente clara y concreta y, en caso de tenerlos, aportar datos específicos que ayuden al organismo a ubicarla.
    • En caso de tratarse de información sobre bienes, detallar:
      • descripción
      • composición
      • de ser posible, aportar Nomenclatura Común del Mercosur (NCM).
    • Aclarar el soporte en el que se prefiere recibir la información, ejemplo: copia en CD, correo electrónico o impreso en papel.

    Importante:

    • El soporte preferido por el solicitante no obliga al organismo a entregar la información en ese formato.
    • El organismo puede cobrar el soporte en el que entrega la información.

Otros datos de interés

  • Cualquier persona - nacida o no en Uruguay, menor o mayor de edad - tiene derecho a solicitar acceso a la información. El único requisito es identificarse y solicitar la información por escrito o a través de cualquiera de las vías antes descriptas
  • El plazo para responder es de 20 días hábiles, que por razones fundadas se pueden prorrogar por otros 20 días hábiles.
  • La solicitud de acceso a la información pública no implica la obligación de los sujetos obligados a crear o producir información que no dispongan, o no tengan obligación de contar, al momento de efectuarse el pedido.
  • Tampoco faculta a los peticionarios a exigir a los organismos que efectúen evaluaciones o análisis de la información que posean, salvo aquellos que por sus cometidos institucionales deban producir.

IMPORTANTE:

  • Si Ud. desea consultar respecto a estadísticas acerca de una mercadería o de regímenes aduaneros en particular debe acceder para obtener información al siguiente link: Consultas DUA 
Iniciar Trámite en Línea

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

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