Solicitud de apertura o expansión de cupo para sustancias controladas
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite por el cual las empresas usuarias de la División Sustancias Controladas notifican los cupos de sustancias controladas que dispondrán en un año o solicitan aumento de los cupos ya existentes para precursores y productos químicos, sicotrópicos o estupefacientes.
Requisitos
La empresa y Director/a Técnico/a deberán estar registradas como usuarias de la División Sustancias Controladas conforme a Ordenanza Nº1.320/022
Requisitos para estupefacientes:
- La solicitud de cupo anual para estupefacientes debe solicitarse cada año, antes del último día del mes de febrero del año en curso y el mismo corresponderá a las previsiones de necesidades para el año siguiente.
- En el caso de estupefacientes para uso médico el usuario debe ser una persona jurídica debidamente habilitada frente a la autoridad competente y contar con un registro de la especialidad farmacéutica frente a la autoridad sanitaria correspondiente. En caso de no disponer del registro de la especialidad farmacéutica será necesario contar con la autorización de la autoridad sanitaria.
- En el caso de estupefacientes para uso analítico será necesario contar con la habilitación de la autoridad competente.
- En el caso de estupefacientes para uso en investigación científica el usuario debe contar con un proyecto de investigación aprobado por la autoridad regulatoria y debe estar adecuadamente fundamentado el uso de estas sustancias durante el desarrollo de las actividades.
- Las ampliaciones de cupo se podrán solicitar en cualquier momento del año con la debida justificación de la necesidad.
Requisitos para precursores y productos químicos:
- El usuario debe ser una persona jurídica adecuadamente registrada frente al Ministerio de Industria, Energía y Minería (según establecido por Dto.391/002).
- La solicitud de cupo anual para precursores debe solicitarse cada año, antes del último día del mes de noviembre y el mismo corresponderá a las previsiones de necesidades para el año siguiente.
- Las ampliaciones de cupo se podrán solicitar en cualquier momento del año con la debida justificación de la necesidad.
Requisitos para sicotrópicos:
- En el caso de sicotrópicos el usuario debe ser una persona jurídica debidamente habilitada frente a la autoridad competente y contar con un registro de la especialidad farmacéutica frente a la autoridad sanitaria correspondiente. En caso de no disponer del registro de la especialidad farmacéutica será necesario contar con la autorización de la autoridad sanitaria.
- La solicitud de cupo anual para sicotrópicos debe solicitarse cada año, antes del último día del mes de marzo del año en curso y el mismo corresponderá a las previsiones de necesidades para el año siguiente.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar a través del botón "Iniciar tramite en línea"
- Acceder con usuario u otro medio de identificación electrónica .
- Completar el formulario que se presenta en pantalla con la siguiente información:
- Seleccionar la/s sustancia/s para las cual/es se pretende solicitar apertura o expansión de cupo.
- Completar el motivo por el cual la empresa solicita la apertura o expansión de cupo.
- Datos de la empresa.
- Datos del Director Técnico.
- Firma de la solicitud.
- Una vez enviada la información será notificado a su correo electrónico del estado del tramite.
- Una vez aprobada la solicitud podrá descargar el certificado digital
¿Dónde y cuándo se realiza?
División Sustancias Controladas
- Dirección: Ministerio de Salud Pública, Av. 18 de julio 1892, oficina 08. Montevideo.
- Horario de atención al público: lunes a viernes de 09:15 a 14:00 horas.
- Teléfono: 1934 int. 5057.
- Correo electrónico: sicofarmacos@msp.gub.uy.
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