Solicitud de autorización para disponer de estériles y otros subproductos minerales de beneficiación
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite por el cual se solicita autorización según Art.108 bis del Código de Minería para disponer de estériles y otros subproductos minerales de beneficiación.
Requisitos
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Registro de Empresas Mineras - Dinamige
- Con carácter previo a la solicitud, el solicitante deberá estar inscripto en el Registro de empresas de la Dirección Nacional de Minería y Geología, dando cumplimiento a todos los extremos requeridos para tal inscripción.
Aportar datos.
- Determinación del área afectada, que no podrá exceder las veinte hectáreas, debiendo aportar croquis de la zona y plano de deslinde, determinando la extensión necesaria para la actividad que pretende realizar, la instalación de equipos, máquinas, utillajes y demás elementos complementarios de dicha actividad.
- Programa de actividades con descripción del depósito de los Pasivos Mineros, Estériles o subproducto minero del que se trate, ubicación, mineral, volumen del mismo y plazo de extracción.
- Determinación de los procedimientos o técnicas a emplear, equipos y máquinas.
Área libre de interferencias mineras.
- El área debe encontrarse libre de interferencias mineras de cualquier clase al momento de solicitar la autorización y dicha solicitud, presentada debidamente en forma, generará interferencia del área solicitada.
Presentación de Plan.
- Plan de cierre o abandono.
- Plan de inversiones y estudio de viabilidad.
Certificado Notarial.
- Certificado notarial de propiedad del o de los inmuebles afectados.
- En caso de no ser el solicitante propietario del o de los inmuebles afectados, deberá adjuntar en forma conjunta la solicitud de la servidumbre de ocupación pertinente accesoria a la autorización de disposición. Dicho trámite se efectuará conforme a lo dispuesto por los artículos 31 y siguientes del presente Código de Minería, en lo pertinente.
Si no fuera posible consignar en el certificado el domicilio del o de los propietarios del o de los inmuebles, el solicitante deberá declarar bajo juramento el o los domicilios que conociera o, en su defecto, el desconocimiento del o de los mismos.
Constitución de garantía
- Constituir garantía suficiente para responder por los daños y perjuicios que se deriven de la actividad realizada. El monto de dicha garantía será fijado por la Dirección Nacional de Minería y Geología.
Autorización Ambiental Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental - DINACEA
- Acreditar la obtención de las autorizaciones ambientales, conforme a la normativa vigente.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Completar los datos requeridos en el formulario web.
- Subir los archivos de la documentación solicitada.
- Recibirá en su mail la resolución de su solicitud.
Enlaces de descarga