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Última actualización: 11/11/2022
Banco Central del Uruguay - Superintendencia de Servicios Financieros

Solicitud de autorización o inscripción de nueva entidad en el sistema financiero

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Ley 19.355 art. 76).

Las entidades integrantes del Sistema Financiero (véase artículo 34 del Texto Ordenado de la Carta Orgánica) están reguladas y fiscalizadas por el Banco Central del Uruguay (BCU) a través de la Superintendencia de Servicios Financieros (SSF). A su vez entre los cometidos de la SSF se encuentran la autorización para funcionar de alguna de las entidades comprendidas, así como la autorización de inscripción en los Registros que lleva la SSF de otras de las entidades del Sistema Financiero.

En este sentido, la solicitud de autorización o inscripción es una formulación realizada por una entidad que pretende desarrollar actividades comprendidas entre las definidas por la normativa legal y reglamentaria vigente para las entidades integrantes del Sistema Financiero.

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Requisitos

Los requerimientos de documentación a efectos del Registro de la Firma dependen de la naturaleza jurídica de la sociedad que solicita la autorización o inscripción.

Los requerimiento de información y documentación mínima requerida correspondiente a la autorización o inscripción solicitada dependen del tipo de actividad que desarrollará.

 

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Costos

No tiene costo

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