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Última actualización: 18/01/2024
FLORIDA - Intendencia

Solicitud de autorización para venta por artículo nº 358 ley 17930 - Florida

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Trámite mediante el cual se solicita la autorización para venta de predios por articulo nº 358 de la Ley nº 17930.

Requisitos

  • Nota de solicitud dirigida al Sr. Intendente con los datos y ubicación del predio a vender firmada por el escribano solicitante.
  • En la Nota de solicitud se deberá especificar:
    • Como se llegó a la indivisión (procedencia).
    • Cantidad de cuotas indivisas que se enajenarán.
    • Nombres y apellidos de los vendedores.
    • Nombres y apellidos de los compradores.
    • Composición de la indivisión tras la enajenación a realizar.

Otros datos de interés

  • En caso de omitirse por parte del solicitante cualquiera de los ítems señalados anteriormente, no se podrá emitir la autorización requerida.

Costos

Tasa por gestión $ 768.

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    En persona

    1.  Dirigirse personalmente a la oficina de Agrimensura del edificio departamental, a los Municipios y/o juntas locales.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    • Intendencia 586, 94000 departamento de Florida.
    • Municipios y/o juntas locales.
    • Horario 10:15 a 15:30 horas.
    • Telefono 43525161.

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