Solicitud de cambio de cesionario en Certificado de Crédito
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Solicitud que puede realizar el cesionario de un Certificado de Crédito, cuando no pueda usar dicho documento como medio de pago, por encontrarse al dia con sus impuestos. En ese caso puede hacer uso del mismo, mediante el endoso a favor de un proveedor suyo.
Requisitos
- Si se presenta el titular, se deben completar los datos en el Rubro 1 del Formulario 2/253 como “Titular del crédito”.
- Si se presenta el cesionario se deben completar los datos en el Rubro 1 como “Solicitante”.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
En personaFormulario 2/253 en tres vías si el trámite es presencial o una si se realiza vía mail, firmado por titular o representante debidamente registrado.
Cédula de quien firma el formulario.
Se requiere incluir celular de quien firma el trámite
Certificados a modificar.
Planilla electrónica con el detalle de las facturas incluidas en el formulario.
Facturas del proveedor.
¿Cómo se hace?
En persona- Concurrir con la documentación requerida.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- División Recaudación, Departamento Certificados, Sección Certificados de Crédito.
- Daniel Fernández Crespo 1534 (Subsuelo B).
- Horario de atención de lunes a viernes: 09:30 a 16:00 hs.
En el Interior:
- En las dependencias de DGI.
- Horario de atención de lunes a viernes: 09:15 a 16:00 hs.
Enlaces relacionados