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Última actualización: 12/09/2025
Dirección General Impositiva - División Atención y Asistencia

Solicitud de certificados de crédito

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Mecanismo a través del cual, el contribuyente solicita a la Administración la devolución de los saldos acreedores que se producen como consecuencia de la liquidación de impuestos, así como en el derecho de repetición. Dando origen a la emisión del certificados de Crédito.

Requisitos

  • No existen requisitos previos para la realización de este trámite.

    Los requisitos varían de acuerdo a la modalidad en que se desee realizar el trámite, ya sea en forma presencial o en línea.

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Costos

No tiene costo

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