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Última actualización: 15/01/2024
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección General de Servicios Agrícolas

Solicitud de habilitación de depósito de alimentos para rumiantes

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es un trámite obligatorio para todos los establecimientos que almacenen alimentos para rumiantes, a excepción de los establecimientos que se dedican exclusivamente al almacenamiento de materias primas de origen vegetal o mineral, vitaminas y aditivos sin ningún tipo de mezcla entre sí o con otros productos.

Requisitos

  • La empresa solicitante debe estar inscripta en el Registro Único de Operadores (RUO)
  • Formulario 194 completo y debidamente firmado.
  • Plano de ubicación, con sus vías de acceso escala uno en dos mil (1:2000), en el caso de tratarse de zonas rurales.
  • Copia de plano indicando las áreas destinadas al almacenamiento de alimentos con y sin productos prohibidos por la DGSG.
  • Deberán cumplir con los requisitos para la habilitación de depósito de alimentos para rumiantes que serán controlados en las auditorías.
  • En los documentos debe haber e-mail y teléfono de contacto.

Otros datos de interés

  • Los técnicos de la DGSA se comunicarán para realizar la auditoria de habilitación.
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Costos

No tiene costo

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