Ministerio de Transporte y Obras Públicas - Dirección Nacional de Transporte
Transporte fluvial y marítimo: solicitud de línea nacional de cargas y/o pasajeros
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Ley 19.355 art. 76).
Es un trámite que se inicia en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), en Mesa de Entrada Unificada, con el objetivo de obtener una autorización para realizar un servicio nacional de transporte fluvial de cargas y/o pasajeros.
El usuario puede ser persona física o jurídica. Debe presentar la documentación referida con la que se formará un expediente que se estudiará en la Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo, y culminará (de cumplirse con todos los requisitos y existir disponibilidad) en el dictado de una Resolución de carácter precario y revocable que autorice el servicio.
Iniciar trámite en línea
Requisitos
- Nota firmada por representante o apoderado de la empresa que presenta la solicitud.
- Dirigida al Director Nacional de Transporte, especificando:
- El servicio a realizar.
- Entre que Puertos.
- La embarcación que se afectará al servicio.
- Posible mercado a captar
- Dirigida al Director Nacional de Transporte, especificando:
- Certificado de Matrícula de Cabotaje.
- Certificado Nacional de Navegabilidad.
- Formulario de Identificación de Empresa con firmas certifcadas y control social de la empresa.
- Certificado notarial o testimonio del documento que acredite la titularidad de la embarcación.
- Constancia de inscripción en DGI y Certificado único.
- Constancia de inscripción en BPS y Certificado único.
- En caso de solicitar autorización para el traslado de pasajeros y/o servicio a buques, deberá adjuntar además el Seguro de Responsabilidad Civil para el transporte de pasajeros.