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Última actualización: 23/02/2024
Ministerio de Defensa Nacional - Servicio de Vivienda de las Fuerzas Armadas

Tu Casa como la soñaste (Préstamo refacción de vivienda) para personal de las FF.AA.

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es la solicitud de Préstamo (personal dependiente del Ministerio de Defensa de las FF.AA.) para la compra de materiales para construcción, ampliación o reforma de la vivienda, por un monto máximo de 250 Unidades Reajustables amortizable, en un plazo máximo de 48 cuotas.

Requisitos

Documentación a presentar:

  • Solicitud de crédito debidamente completado firmado por el solicitante, cónyuge y garantía (si lo requiere).
  • Original y copia de Cédula de Identidad del titular y el cónyuge.
  • Original y copia de la libreta de matrimonio (donde consta fecha y contrayentes).
  • Original y copia del recibo de Sueldo correspondiente al último presupuesto del núcleo familiar.
  • Autorización de descuentos firmada por el Habilitado de la Unidad y constancia de años de servicio (Sólo para personal en actividad).
  • Original y copia de títulos de propiedad del Inmueble con inscripción al MEC (Ministerio de Educación y Cultura), en caso de ser arrendatario deberá presentar contrato de arrendamiento vigente y estar al día en los pagos, en este caso y en el de usufructuario o agregado será necesario que presente una autorización del dueño del inmueble para realizar las reformas respectivas y copia de la cédula de identidad del mismo. Las copias serán autenticadas por el funcionario actuante.
  • Certificado probatorio de domicilio (original y copia de recibo al día de UTE, ANTEL u OSE).

No requerirá garantía solidaria:

  • Personal masculino en actividad con 20 años de servicio y casado/a o con concubinato judicialmente reconocido.
  • Retirad/a o con concubinato judicialmente reconocido que no supere los 70 años al momento de la culminación del préstamo.

Requisitos que deberá cumplir y documentación a presentar por la garantía:

  • Ser funcionario presupuestado del M.D.N. (en actividad con más de 20 años de servicio o ser retirado).
  • No haber cumplido 70 años al momento de la cancelación del préstamo.
  • No poseer antecedentes de mora en el Clearing de Informes.
  • No figurar como beneficiario o garantía en el S.VV.FF.AA. al momento de solicitar el préstamo.

Documentación a presentar por la garantía:

  • Original y copia de Cédula de Identidad.
  • Original y copia del recibo de sueldo correspondiente al último presupuesto cobrado.
  • Constancia de años de Servicio (para Personal en actividad).

Información adicional al préstamo: 

  • El ingreso del núcleo familiar no deberá superar las 100 UR de líquido legal.
  • El solicitante no deberá figurar como garantía al momento de solicitar el préstamo ante el S.VV.FF.AA.
  • No deberá poseer antecedentes de mora en el clearing de informes.
  1. Titular y garantía deberán presentar recibo de sueldo con líquido suficiente para hacer el descuento correspondiente de dicho préstamo.
  2. Deberán firmar la solicitud de préstamo y vale el titular, cónyuge y garantía si correspondiese.
  3. La Agencia Nacional de Vivienda se reserva el derecho de supervisar y fiscalizar por un técnico del mismo, la concordancia de la memoria descriptiva con la ejecución de los trabajos, previa notificación al beneficiario.
  4. Al personal militar que se encuentre viviendo en el interior del país y solicitare, se le enviara el vale, la autorización de descuento por parte de este Servicio y carta para la garantía solidaria si lo amerita a través del correo postal a cargo del solicitante en sobre cerrado, el mismo deberá firmar la documentación enviada certificando su firma con un escribano retransmitiéndola a este Servicio. Confirmada la misma se procederá a depositar el monto correspondiente en la sucursal en el Banco que el solicitante exprese o se le hará el giro correspondiente a través de una Agencia o red de cobranza siendo los costos de envío a cargo del solicitante.
  5. Una vez cancelado el 50% del préstamo, previo estudio del S.VV.FF.AA (incluyendo a la garantía si correspondiere) se podrá autorizar la renovación del mismo (acceder a un nuevo crédito) a los efectos de brindar continuidad en las obras.
  6. Para acceder a lo detallado en el punto anterior, NO serán considerados aquellos usufructuarios con antecedentes de morosidad ante el S.VV.FF.AA.
  7. La cuota será debitada a través del sistema de descuentos de las remuneraciones personales, de la Unidad Ejecutora correspondiente. En caso de que la misma por razones administrativas no sea descontada, será responsabilidad del beneficiario realizar el pago ante el S.VV.FF.AA antes del día 6 del mes siguiente.
  8. El Servicio de Viviendas de las Fuerzas Armadas se encuentra adherido al Clearing de Informes.

Morosidad:

  1. En caso de morosidad, el Servicio aplicará una tasa sustitutiva equivalente al 3,5% mensual como mora por atraso.
  2. Cuando el atraso cumpla 3 meses será activado el descuento a la garantía.
  3. Cuando el atraso cumpla 4 meses, automáticamente la deuda será enviada al Clearing de informes.
  4. El Servicio se reserva el derecho de accionar el cobro a través del Clearing de Informes.

    Otros datos de interés

    Cada caso se estudia en forma particular.

    El Servicio cuenta con Asesoramiento Técnico de Arquitectos y Abogados sin costo.

    En caso de no firmar en nuestra oficina los vales, autorización de descuentos, declaración jurada de la Agencia Nacional de Viviendas, y la carta de compromiso; estos deberán ser certificados por un escribano público (costo que corre por parte del solicitante).

    Costos

    No tiene costo

    Vías disponibles para realizar el trámite

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