Oficina Nacional del Servicio Civil
Uruguay Concursa
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el ingreso al Portal de Estado donde podrá acceder a los concursos de la Administración Pública.
Requisitos
Usuario web del sistema
- Contar con usuario registrado.
Otros datos de interés
En el Portal Uruguay Concursa se publican las siguientes convocatorias:
- Los llamados pertenecientes a la Administración Central Incisos 02 al 15 y 36 del Presupuesto Nacional, para las siguientes modalidades contractuales: Provisoriato, Becas, Pasantías, Arrendamientos de Obra (cuando el monto anual exceda el triple del límite de la contratación directa), Contrato de función pública y Contrato laboral (exclusivo del Ministerio de Educación y Cultura). Estos llamados son gestionados y publicados por el Área Gestión del Empleo de la Función Pública (Uruguay Concursa) se identifican con la numeración 0001/20XX al 1999/20XX.
- Los llamados que comienzan con la numeración 2000/20XX al 4999/20XX, son llamados de Organismos que han realizado Convenio con la Oficina Nacional del Servicio Civil, por no ser de Administración Central, pero consideran la conveniencia de que sus llamados sean gestionados por el Área Gestión del Empleo de la Función Pública al igual que los mencionados en el literal a).
- Los gestionados por los propios Organismos (Entes Autónomos, Servicios Descentralizados, Corte Electoral, Tribunal de Cuentas, Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Poder Legislativo, Poder Judicial, Gobiernos Departamentales y Administración Central exceptuados de gestión*) que comienzan con la numeración 5000/20XX en adelante.
* Excepciones de gestión:
- Ministerio de Defensa Nacional - Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas. Artículo 10 Ley N° 19.996
- Presidencia – Instituto Nacional de Estadística. Artículo 58 Ley N° 20.075
- Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General de Casinos. Artículo 227 Ley N° 19.355
- Secretaría de Deporte. Programas de Verano - Artículo 92 Ley Nº 19.355
- Ministerio de Ganadería – Dirección Nacional de Secretaría - Artículo 147 Ley Nº 19.996
El plazo de la publicación es de 15 días corridos desde la convocatoria pública que realice el Organismo, cualquiera fuera el tipo de vínculo a contratar.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea".
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- En el portal podrá postularse a las distintas convocatorias allí publicadas.
- Informarse sobre los distintos procesos de selección.
- Solicitar recibir información si así lo desea, de todas las convocatorias o novedades publicadas en el Portal.
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