Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial - Dirección Nacional de Medio Ambiente
Viabilidad ambiental de localización - Comunicación de proyecto
A partir de la declaración de Emergencia Sanitaria, que pudo haber afectado la atención, le sugerimos consultar las vías de contacto disponibles de cada Organismo en su sitio web.
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Ley 19.355 art. 76).
Es el trámite por el cual los interesados en realizar alguna de las actividades, construcciones u obras comprendidas en los numerales 6 9 a 12, 16 y 17, 19 a 23 y 32 del Artículo 2 del Decreto 349/2005 y 178/2009, deberán comunicar su proyecto en la forma que se establece en el Artículo 4.
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Requisitos
- Estar registrado en el Registro de Profesionales competentes de Dinama.
- Se deberá dejar constancia de haber presentado copia de la misma comunicación, en la/ las Intendencias correspondientes a los departamentos de emplazamiento del proyecto.
- No será exigible la identificación del/ los propietarios de los predios donde se ejecutará el proyecto, según lo previsto en el literal "b" del Decreto 349/2005 y 178/2009, aunque deberá especificarse el tipo de tenencia actual y el vínculo jurídico previsto para el proyecto con relación a los predios.
- La localización y descripción del área de ejecución e influencia, prevista en el literal "d" del Artículo 4°, deberá incluir un estudio de localización o selección del sitio donde habrá de ejecutarse el proyecto, comprendiendo el análisis de distintas alternativas, si las hubiere.
Comunicación de Proyecto
El interesado en la realización de alguna de las actividades, construcciones u obras sujetas a Autorización Ambiental Previa, según lo dispuesto en el Artículo 2º del Decreto 349/2005, deberá comunicar el proyecto a la Dirección Nacional de Medio Ambiente mediante la presentación de la información siguiente:
- Titulares del proyecto.
- Propietarios del predio donde se ejecutará el proyecto.
- Técnicos responsables de la elaboración y ejecución del proyecto.
- Localización y descripción del área de ejecución e influencia del proyecto.
- Descripción del proyecto y del entorno.
- Detalle de los posibles impactos ambientales, indicando para los impactos negativos o nocivos las medidas de prevención, mitigación o corrección previstas.
- Clasificación del proyecto a criterio del técnico responsable de la comunicación y del proponente, según las categorías del Artículo 5:
- "A": Incluye aquellos proyectos de actividades, construcciones u obras, cuya ejecución sólo presentaría impactos ambientales negativos no significativos, dentro de lo tolerado y previsto por las normas vigentes.
- "B": Incluye aquellos proyectos de actividades, construcciones u obras, cuya ejecución pueda tener impactos ambientales significativos moderados, cuyos efectos negativos pueden ser eliminados o minimizados mediante la adopción de medidas bien conocidas y fácilmente aplicables.
- "C": Incluye aquellos proyectos de actividades, construcciones u obras, cuya ejecución pueda producir impactos ambientales negativos significativos, se encuentren o no previstas medidas de prevención o mitigación.
- Ficha ambiental del proyecto, conteniendo un resumen de la información anterior.
- Timbre profesional (en cada firma del profesional y en los planos).
- El proyecto debe presentarse el original en formato papel y digital y una copia también en formato papel y digital
- Certificado notarial de personeria juridica y representación de la empresa, si lo requiere.
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Costos
- Requiere timbre profesional cuyo valor depende del profesional que lo presente.
- Valores de timbres.