Nuevo canal disponible para realizar solicitudes de transferencias internacionales de datos

En materia de transferencias internacionales de datos, Uruguay cuenta con una regulación específica dispuesta en el art. 23 de la Ley 18.331 de Protección de Datos Personales.
Esta norma indica la prohibición de realizar transferencias internacionales de datos a países u organismos internacionales que no proporcionen niveles de protección de datos adecuados, de acuerdo con los estándares de derecho nacionales e internacionales en la materia, salvo excepciones. Entre estas excepciones se encuentra la autorización por parte de la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales, para una o varias transferencias.
El nuevo trámite tiene como objetivo agilizar la solicitud de autorización de transferencia internacional y estandarizar los requisitos que se solicitan.
Acceder al trámite Solicitud de transferencias internacionales de datos
Enlaces relacionados
- Acceder a la Guía de Protección de Datos Personales en Uruguay
- Acceder a la Resolución N° 23/021
- Acceder a la Resolución N° 41/021