URCDP recomienda cláusulas del Consejo de Europa para transferencias internacionales

Las Cláusulas Contractuales Modelo aprobados por el Comité Consultivo del Convenio 108 del Consejo de Europa son acuerdos tipo que se incorporan a los contratos cuando se transfieren datos personales a otros países. En ellas se establecen:
- obligaciones para las partes involucradas en la transferencia;
- reglas sobre el tratamiento y la seguridad de los datos personales;
- disposiciones sobre el acceso por parte de autoridades;
- notificación en caso de incidentes de seguridad;
- criterios para la conservación y eliminación de la información;
- mecanismos para abordar incumplimientos o dar por terminado el contrato cuando corresponda.
Las Cláusulas Contractuales Modelo se organizan en tres tipos según el rol de las partes en el tratamiento de los datos personales y la relación entre quien envía y quien recibe la información:
- responsable a responsable;
- responsable a encargado;
- encargado a encargado.
En este sentido, las Cláusulas se establecen condiciones mínimas de seguridad y responsabilidad para la protección de la información. La URCDP, en su calidad de autoridad de control en la materia, supervisa las transferencias internacionales de datos personales y promueve la adopción de mecanismos que aseguren niveles adecuados de protección en el marco de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 18.331 de Protección de Datos Personales.
