Resolución N° 1/020 .

Se resuelve la inscripción de la base de datos de nombre PACIENTES presentada por INTIR S.R.L.

CONSEJO EJECUTIVO DE LA UNIDAD REGULADORA Y DE CONTROL DE DATOS PERSONALES

Montevideo,11 de febrero de 2020

VISTO:

La solicitud de inscripción de la Base de Datos Personales de nombre “PACIENTES”, presentada por INTIR SRL.

RESULTANDO:

I. Que se efectuaron los controles respecto a la observancia de los requisitos exigidos por la Ley N° 18.331, de 11 de Agosto de 2008, de Protección de Datos Personales y Acción de Habeas Data (LPDP).

II. Que se solicitaron aclaraciones que fueron presentadas por el interesado, aconsejándose luego la inscripción correspondiente.

CONSIDERANDO:

I.- Que de acuerdo con la Ley citada toda base de datos pública o privada debe ser inscripta en el Registro de Base de Datos Personales que a tal efecto lleva la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales.

II.- Que se estima corresponde llevar un registro de la cantidad de titulares que ejercen el derecho de acceso conforme a lo previsto en el artículo 14° de la ley Nº 18.331.

ATENTO: A lo expuesto y lo dispuesto por los artículos 28, 29 y 31 de la Ley N° 18.331.

EL CONSEJO EJECUTIVO DE LA UNIDAD REGULADORA Y DE CONTROL DE DATOS PERSONALES RESUELVE: 

1°.  INSCRÍBESE LA BASE DE DATOS PERTENECIENTE A INTIR SRL: - “PACIENTES”, CON EL Nº B 7904

2°. TÉNGASE PRESENTE LO RECOMENDADO EN EL CONSIDERANDO Nº II.

3°. NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE

FIRMADO POR: MAG. FEDERICO MONTEVERDE

CONSEJO EJECUTIVO

UNIDAD REGULADORA Y DE CONTROL DE DATOS PERSONALES

Expediente N° 2016-2-10-0000083

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