Resolución N° 17/025 Transferencia internacional

La nota presentada por MICROSOFT CORPORATION en relación al cumplimiento de la resolución de este Consejo N° 70/023, de 5 de diciembre de 2023.

Montevideo, 3 de junio de 2025


VISTO: La nota presentada por MICROSOFT CORPORATION en relación al cumplimiento de la resolución de este Consejo N° 70/023, de 5 de diciembre de 2023.
 

RESULTANDO: 1. Que la resolución indicada en el Visto estableció requisitos adicionales para las transferencias internacionales de datos, complementando las resoluciones N° 23/021, de 8 de junio de 2021 y 63/023, de 22 de noviembre de 2023.
2. Que, en función de lo indicado en la citada resolución N° 70/023, en el caso de transferencias internacionales a organizaciones incluidas en el Marco de Privacidad de UE-EE.UU. deben presentar una declaración expresa en la que declare haber extendido las salvaguardas de dicho marco a los datos transferidos desde Uruguay.
 

CONSIDERANDO: 1. Que la empresa MICROSOFT CORPORATION ha presentado ante esta Unidad una declaración en la que extiende las salvaguardas del “Marco de Privacidad de UE-EEUU” a los datos personales transferidos desde Uruguay, tanto responsable de tratamiento así como encargado.
2. Que la declaración mencionada cumple con las condiciones exigidas por esta Unidad para considerar adecuadas las transferencias internacionales empleando los servicios de la empresa MICROSOFT CORPORATION en Estados Unidos.

ATENTO: A lo expuesto

LA UNIDAD REGULADORA Y DE CONTROL DE DATOS PERSONALES
RESUELVE:

1°. Declarar que la empresa MICROSOFT CORPORATION ha cumplido con el requisito previsto en el resuelve 4° de la resolución N° 70/023, de 5 de diciembre de 2023.
2°. Notifíquese y publíquese.

Firmado por 

Felipe Rotondo

Consejo Ejecutivo

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