Resolución N° 20/025 transferencia internacional

La solicitud de transferencia internacional de Granja Pocha S.A.

Montevideo, 24 de junio de 2025

VISTO: La solicitud de transferencia internacional de Granja Pocha S.A. 

RESULTANDO: 1. Que se presenta ante esta Unidad Granja Pocha S.A. a los efectos de solicitar autorización para realizar transferencia internacional de datos personales a Microsoft Corporation sobre las bases de datos clientes, proveedores y recursos humanos (todas inscritas ante esta Unidad). 

2. Que la categoría de datos a transferirse consiste en datos de personas físicas y jurídicas. Específicamente “…cédula de identidad, RUT, dirección, teléfono, correo electrónico, nombres y apellidos, razón social, operaciones incumplidas, nombres comerciales, operaciones canceladas o extinguidas con atraso, ramo o actividad de la empresa o negocios, entre otros declarados durante el proceso de registro de las bases de datos de clientes, proveedores y recursos humanos de Granja Pocha”.

3. Que también informan que se firma una adenda entre las partes interesadas, la cual se adjunta, firmado con Microsoft fechada el 2 de enero de 2024. 

CONSIDERANDO: 1. Que en el presente caso se analiza el marco habilitante para realizar transferencias internacionales por parte de Granja Pocha S.A. 

2. Que el art. 23 de la Ley N° 18.331, de 11 de agosto de 2008, prohíbe la transferencia de datos personales de cualquier tipo con países y organismos internacionales que no proporcionen niveles de protección adecuados de acuerdo con los estándares de Derecho Internacional o regional en la materia.

3. Que la Resolución N° 41/021, de 8 de setiembre de 2921, resuelve recomendar a los responsables y encargados de tratamientos que pretendan realizar transferencias internacionales de datos en el marco del art. 23 de la Ley 18.331, de 11 de agosto de 2008, la adopción de cláusulas contractuales como las indicadas en dicha Resolución como Anexo. 

4. Que en el presente caso, de acuerdo con la documentación presentada, la transferencia internacional de datos se realizará en el marco de cláusulas contractuales con Microsoft Corporation, las que fueron debidamente analizadas. 

ATENTO, a lo expuesto e informado,

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales

RESUELVE:

  1. Autorizar la transferencia internacional de datos solicitada por Granja Pocha S.A.

  1. Indicar que se debe actualizar el correspondiente registro de base de datos señalando la existencia de transferencia internacional de datos personales.

  1. Notificar la presente Resolución.

 

Firmado por: Felipe Rotondo

Consejo Ejecutivo 

URCDP 

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