Resolución N° 40/020 .

Se resuelve sobre la denuncia realizada por erróneo tratamiento de datos crediticios contra EQUIFAX URUGUAY S.A.

CONSEJO EJECUTIVO DE LA UNIDAD REGULADORA Y DE CONTROL DE DATOS PERSONALES

 

Montevideo, 14 de julio de 2020

VISTO: La denuncia realizada por erróneo tratamiento de datos crediticios contra EQUIFAX URUGUAY S.A.

RESULTANDO:

I. Que el denunciante manifiesta haber solicitado una garantía de alquiler a una aseguradora, que no le fue otorgada porque la información que figuraba en el registro de la denunciada era negativa. Se comunicó con ésta, quien le indicó que figuraba una deuda de 2015, saldada en 2016.

II. Que se dio vista en tiempo y forma a la denunciada, la que compareció indicando que el denunciante mantenía registrada una operación incumplida al 2015, cancelada el 9 de diciembre de 2016, por lo que en su reporte de información crediticia surge como “Operación cancelada con atraso”.

III. Que se dio vista a AM WIRELESS URUGUAY S.A., la que informó que al momento del inicio de estos obrados el denunciante no posee líneas asociadas o servicios activos, ni mantiene con ellos una deuda vencida ni por vencer. Adicionalmente, señala que la información de la deuda cancelada se mantiene en la base de datos de EQUIFAX URUGUAY S.A. por un plazo menor al establecido en el artículo 22 de la Ley N° 18.331, de 11 de agosto de 2008, y que a la fecha ésta se ha eliminado.

 

CONSIDERANDO: Que el artículo 22 de la Ley N° 18.331 establece los plazos y condiciones para la conservación de la información crediticia, no observándose en este caso incumplimiento alguno, ni por la denunciada ni por la empresa en la que se originó la deuda.

ATENTO: a lo expuesto e informado,

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales

RESUELVE:

1°. Archivar estos obrados con respecto a EQUIFAX URUGUAY S.A. y AM WIRELESS URUGUAY S.A. (Claro) por no constatarse incumplimiento a lo dispuesto por la Ley N° 18.331.

      2°. Notifíquese y publíquese.

 

Fdo: Dr. Felipe Rotondo

Consejo Ejecutivo

Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales

Expediente: 2019-2-10-0000464

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