Resolución N° 50/020 .
CONSEJO EJECUTIVO DE LA UNIDAD REGULADORA Y DE CONTROL DE DATOS PERSONALES
Montevideo, 15 de setiembre de 2020
VISTO: las actuaciones de oficio iniciadas por la publicaciones realizadas en el sitio web www.fuga.uy, propiedad del Sr. Jayson Minard.
RESULTANDO:
- Que se inician las presentes actuaciones en virtud de la información publicada en el sitio web mencionado, en el que se expresa que determinadas empresas que trabajan en el rubro de mensajería fueron objeto de filtración de datos personales de sus clientes.
- Que conjuntamente con la publicación de los detalles de la mencionada “fuga de información”, se publican documentos conteniendo en apariencia detalles de los envíos realizados y firmas.
- Que se realizó el informe jurídico N° 237, de 8 de junio de 2020 así como la constatación notarial de los contenidos, y que se procedió a dar vista del informe; se realizaron las evacuaciones de vista pertinentes y se elevó a consideración de Consejo Ejecutivo de esta Unidad.
CONSIDERANDO:
- Que en el presente caso corresponde considerar la aplicación del artículo 17 de la Ley N° 18.331, de 11 de agosto de 2008, que establece un régimen jurídico habilitante a los efectos de la realización de una comunicación de datos.
- Que con respecto a la documentación de envíos detallados, firmas y demás información publicados en la web, pudo constatarse de las actuaciones que se habían alterado los datos reales, de forma de anonimizar la información, por lo que a ese respecto no existe vulneración de la Ley N° 18.331.
- Que con respecto a los datos de las empresas afectadas por la “fuga”, en estas actuaciones no se aprecia una vulneración de entidad a la Ley N° 18.331, considerando que esta se aplica a las personas jurídicas, en cuanto corresponda (Artículo 2°), valoración que debe realizarse caso a caso.
ATENTO: a lo expuesto y a las resultancias de estas actuaciones,
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales
RESUELVE:
1° Exhortar al Sr. Jayson Minard a que en toda publicación que realice en su sitio web tenga en cuenta los principios y derechos establecidos en la Ley N° 18.331, de 11 de agosto de 2008.
2° NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Fdo: Dr. Felipe Rotondo
Consejo Ejecutivo
Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales
Expediente: 2020-2-10-0000178