Beneficios tributarios

Beneficios tributarios a empresas de la ciudad de Paysandú afectadas por evento climático

La Ley Nº 20.077 de 21/10/2022 otorga beneficios tributarios a contribuyentes localizados en la ciudad de Paysandú, afectados por el evento climático ocurrido el 12 de julio de 2022.
nubes, tormenta

Los contribuyentes con domicilio fiscal en la ciudad de Paysandú cuentan con el beneficio de la exoneración de su aporte mensual por las obligaciones del período julio a octubre de 2022 inclusive, de acuerdo a lo siguiente: 
Contribuyentes de Monotributo o Monotributo Social MIDES: por el pago de la prestación tributaria unificada correspondiente.
Contribuyentes de IVA Mínimo: por el pago mensual de IVA Mínimo.
Contribuyentes de IRAE: por el pago del IRAE Mínimo. Si el anticipo de IRAE es calculado en base a coeficiente y supera el monto del IRAE Mínimo correspondiente, se deberá abonar la diferencia.
El beneficio podrá extenderse como máximo a las obligaciones devengadas hasta diciembre de 2022 inclusive, siempre que estos contribuyentes no estén desarrollando actividades debido al evento climático referido. Podrán solicitar esta prórroga mediante una carta fundamentando la solicitud a través de dacontri@dgi.gub.uy, indicando en el asunto: Beneficios Ley N° 20.077. Si se trata de Grandes Contribuyentes deben enviar la solicitud a gcontrol@dgi.gub.uy.
 
Los pagos ya efectuados por ese período pueden recuperarse a través de los mecanismos de cambio de imputación o certificados de crédito por pagos por error, entre otras opciones.
 
Más información sobre cómo recuperar los pagos ya efectuados y el tratamiento de los anticipos de IRAE en la declaración jurada correspondiente.
 
 
Normativa relacionada: Ley Nº 20.077.
 

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