Impuesto Mínimo Complementario

Impuesto Mínimo Complementario: plazo para la solicitud de dispensa del pago

Las entidades constitutivas de un grupo multinacional que superen determinado umbral de ingresos y que se encuentren alcanzadas por una cláusula de estabilidad fiscal, podrán quedar dispensadas del pago total o parcial del Impuesto Mínimo Complementario Doméstico.
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De acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 325/025, las entidades constitutivas de un grupo multinacional que superen determinado umbral de ingresos y que se encuentren alcanzadas por una cláusula de estabilidad fiscal vigente a la entrada en vigor del Título 21 del Texto Ordenado 2023, podrán quedar dispensadas del pago total o parcial del IMCD, siempre que se cumplan los extremos previstos en dicho Decreto. A tales efectos, los contribuyentes podrán presentarse ante la DGI a partir del mes de setiembre del corriente año.

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