IRPF

Nuevas disposiciones para plataformas digitales que intermedian en alquileres de inmuebles

Los operadores de plataformas que intermedien en el arrendamiento de inmuebles deberán informar trimestralmente a la DGI los datos de las operaciones realizadas en Uruguay. La medida regirá a partir del 1º de julio de 2026.
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La Resolución Nº 1518/2026, de 30 de junio 2026, establece un nuevo régimen de información para los operadores de plataformas digitales que intermedian en el arrendamiento de inmuebles ubicados en Uruguay.

Los operadores deberán informar a la DGI los datos de las operaciones de arrendamiento concretadas mediante sus plataformas, así como la identificación de quienes obtienen los ingresos correspondientes. La información deberá presentarse por medios electrónicos y con periodicidad trimestral. Para los trimestres julio-setiembre y octubre-diciembre de 2026, el primer envío se realizará en febrero de 2027

La medida busca fortalecer el control tributario y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales vinculadas a los ingresos obtenidos por alquileres gestionados a través de plataformas digitales.

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