Beneficios Ley 19956. Informe de contador público

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Beneficios de la Ley 19956 de 10 de junio de 2021. Informe de contador público que acredita actividad principal.

Quienes deseen ampararse a los beneficios de la Ley 19956 y tengan al menos una actividad registrada que no se encuentra entre las comprendidas en la exoneración deberán presentar un certificado emitido por Contador Público, que acredite la principalidad de la actividad de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 193/02. 
 
Dicha Certificación deberá adjuntarse mediante foto o escaneo con timbre profesional, en la opción Trámite “Beneficios Ley 19.956”, Subtrámite “Certificación contable” disponible en Servicios en Línea al ingresar en Solicitud de inicio de trámites.

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