Beneficios tributarios para contribuyentes de IVA mínimo

Guías

Actualmente existe una serie de beneficios tributarios para los contribuyentes de IVA mínimo. En su mayoría aplican siempre que el contribuyente documente a través de facturación electrónica.

Beneficios para emisores electrónicos

  • Cuota con tope 

El monto mensual a pagar será el menor entre el 3.3% de los ingresos del mes y la cuota mensual correspondiente. De esta manera, al no existir un monto mínimo, si en un determinado mes la empresa no obtuvo ventas, no estará obligado a abonar la cuota. 

Quedan excluidos de este beneficio los contribuyentes de IVA mínimo con giro taxímetro.

  • Gasto deducible

Quienes contraten a contribuyentes de IVA mínimo podrán descontar el gasto en su liquidación del IRAE, siempre que: se documente mediante comprobantes fiscales electrónicos, y el pago se realice a través de transferencias electrónicas.

  • Descuento en la contratación de servicios de facturación electrónica (UI 80)

Aquellos contribuyentes de IVA mínimo que sean emisores electrónicos y contraten el servicio de facturación con proveedores inscriptos en el “Registro de Proveedores Habilitados”, contarán con un beneficio que consiste en un descuento que aplica sobre el costo mensual efectivamente abonado de los servicios prestados hasta el 31/12/2024, con un tope de UI 80 mensuales (convertidas a la cotización vigente al 1 de enero de cada año, $ 470 para 2024).

Este beneficio se puede combinar con el descuento en el arrendamiento de terminales POS.

Beneficios para todos los contribuyentes

  • Descuento en el arrendamiento de terminales POS

Los contribuyentes de IVA mínimo que arrienden terminales POS (integradas, o que se integren a soluciones de facturación electrónica), a proveedores inscriptos en el “Registro de Proveedores Habilitados” podrán acceder a un descuento sobre el pago mensual del arrendamiento de tales terminales. En la guía Crédito por arrendamiento de terminales de procesamiento electrónico de (POS), se encuentra detallado este beneficio y las formalidades a cumplir para acceder al mismo.

Cabe aclarar que el beneficio abarca a todos los contribuyentes del IVA mínimo, independientemente de que documenten en forma electrónica o tradicional. Los emisores electrónicos podrán además combinarlo con el descuento en la contratación de servicios de facturación electrónica (80UI).

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