Clausura de sociedad de hecho por fallecimiento del titular
Guías
Plazo
Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de fallecimiento.
Lugar y modalidad
Solicitud de Clausura:
Se deberá ingresar como requisito previo, una solicitud de clausura exclusivamente vía web, para ello deberán ingresar en servicios en línea de DGI, registrándose con pin o contrato web y hacer click en solicitud de clausura, dentro de las opciones de Registro Único Tributario.
Una vez aprobada dicha solicitud, deberá presentar o adjuntar la documentación según las siguientes modalidades:
En Montevideo
En línea desde la web de BPS
A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.
Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
Presencial, con previa agenda web
Local DGI. Fernández Crespo 1534. Sector RUT ventanilla única. Subsuelo. Debe reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
En interior
En línea desde la web de BPS
A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.
Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
En caso de no tener habilitado el envío en línea desde la web de BPS, se inicia el trámite desde la web de DGI a través de servicios en línea
Previa autenticación del contribuyente debe seleccionar dentro de tramites Solicitud de Inicio completar los datos del formulario y seleccionar trámite RUT DGI BPS y el subtrámite correspondiente. Una vez procesada la información se le asignará a través del mail consignado en el trámite, agenda presencial para su culminación, de corresponder
Para ambas modalidades presencial o en línea, los titulares de empresas unipersonales y sociedades de hecho deben constituir domicilio electrónico ante BPS. Para ello, deben ingresar al servicio Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
Requisitos
Formularios
- Formulario 0355 Cancelación en 3 vías, firmados por uno los titulares y los presuntos herederos, con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- Formulario 0453 Inutilización de la documentación detallando papelería impresa no utilizada y última utilizada, con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado. Al formulario 0453 se deberá adjuntar una copia de documento de titular y una copia del gestor, en caso que corresponda.
- Formulario 3/006 DGI para máquina registradora en 2 vías, si corresponde.
Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación a presentar
- Formulario 6351 o 6951 si se emite web, constancia de inscripción en RUT.
- Constancia de impresión no utilizada, si corresponde.
- Original y fotocopia de la constancia de clausura de actividades de la Inspección General de Trabajo y de la Seguridad Social, que acredite la no existencia de expedientes en trámite con motivo de incumplimientos de las normas laborales o multas impagas excepto Monotributo MIDES. Se debe tener en cuenta que esta constancia se exigirá únicamente ante la clausura total del contribuyente.
- 2 fotocopias del documento de identidad vigente de todos los titulares y de los presuntos herederos.
- Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad vigente.
- Certificación notarial con:
- Firma y datos personales completos de los presuntos herederos:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de identidad.
- Estado civil.
- Nacionalidad.
- Capacidad legal.
- Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
- Fecha de fallecimiento del causante
- Establecer que son los únicos presuntos herederos.
- Firma y datos personales completos de los presuntos herederos:
Aclaraciones:
- En caso de que la fecha de clausura sea anterior a 90 días del fallecimiento, debe agregar certificado contable o notarial que acredite inactividad hasta la fecha de fallecimiento.
- Si se trata de Monotributo MIDES no se exigirá certificado notarial, presentando partida de defunción original y 2 copias, y el formulario 355 además de ser firmado por quienes declaran ser los presuntos herederos, deberá tener aclaración en el ítem observaciones que suscriben el formulario en dicho carácter.
- En caso de actividad agropecuaria se deberá tener en cuenta el instructivo de BPS correspondiente según el caso.