Confección de declaraciones juradas anuales con anticipos mínimos del IRAE exonerados por el artículo 8 de la Ley 19942

Guías

Para cierres de ejercicios comprendidos entre 03/2020 al 02/2021.

Se establece cómo deben proceder los contribuyentes que se encuentran comprendidos en la exoneración prevista en el artículo 8 de la Ley 19942.
 
El artículo 8 de la Ley 19942 exonera del pago del IRAE mínimo (mes corresponde 01/2021 a 06/2021) a aquellos contribuyentes cuyos ingresos brutos gravados (declarados en el formulario 2148, 1050 o 2149 según corresponda) sean inferiores a 915.000 UI, para cierres de ejercicios comprendidos entre 03/2020 al 02/2021.
 
En todos los casos el valor de UI a considerar será la cotización vigente al cierre de ejercicio del contribuyente.

Confección de las declaraciones al cierre de ejercicio

Contribuyentes NO CEDE:

En el formulario 2178 se deberá completar:

  • Línea 34 – Anticipo de IRAE que debió realizar, no se deben incluir los importes exonerados si ya fueron recuperados (por compensación, cambio de imputación y/o certificados de crédito).
  • Líneas 80, 81 y 87 se completa con lo efectivamente utilizado para cubrir el anticipo de IRAE, el cual no puede superar el monto declarado en la línea 34, no se incluyen los importes recuperados.

En el formulario 1050 se deberá completar:

  • Línea 901 – IRAE mínimo según escala que debió realizar, se excluyen los importes exonerados.
  • Línea 903 – anticipos de IRAE (importe de línea 34 de formulario 2178).
  • Líneas 904, 905 y 906 se completan con los importes no deducidos en formulario 2178.
Contribuyentes CEDE y Grandes Contribuyentes:

En el formulario 1050 se deberá completar:

  • Línea 901 – IRAE mínimo según escala que debió realizar, se excluyen los importes exonerados.
  • Línea 903 – anticipos de IRAE (suma de línea 79 de formulario 2176 y 1376 del ejercicio).
  • Líneas 904, 905 y 906 se completan con los importes no deducidos en los formularios 2176 y 1376 del ejercicio.

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