Construcciones sin valor en la cédula catastral.
Guías
Si en la cédula catastral no surge el valor de las construcciones, ¿deberán ser aforadas a los efectos de la liquidación del impuesto?
Tratándose de bienes ubicados en zonas urbanas, suburbanas o rural de Montevideo, en las que hubiere construcciones y que no tuvieren fijado su valor real, los interesados solicitarán su determinación a la Dirección General de Catastro.