Un contribuyente que presta servicios personales y tributa IRAE ¿puede deducir el IVA por la compra de vehículos?

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Un contribuyente que presta servicios personales y tributa IRAE (por opción o en forma preceptiva), ¿puede deducir el IVA por la compra de vehículos?

Sí. Los sujetos pasivos que perciban retribuciones por servicios personales fuera de la relación de dependencia y tributen IRAE podrán deducir el impuesto incluido en sus adquisiciones de vehículos.

Al momento de la enajenación del vehículo, dicha operación quedará gravada por el IVA.

 

Fuente

Artículo 14, Título 10, Texto Ordenado 2023.

Artículo 124, Decreto 220/998.

Consulta 5.280

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