Contribuyentes del impuesto al patrimonio persona física, núcleos familiares y sucesiones indivisas

Guías

Detalle de los contribuyentes del impuesto al patrimonio persona física, núcleos familiares y sucesiones indivisas. Valores patrimoniales actualizados.

Son contribuyentes del impuesto al patrimonio persona física, núcleos familiares y sucesiones indivisas:

a) Las personas físicas cuyo patrimonio fiscal sea superior a 6.058.000 pesos uruguayos.

b) Los núcleos familiares cuando su patrimonio fiscal exceda los 12.116.000 pesos uruguayos.

Los cónyuges que vivan conjuntamente pueden optar entre constituir núcleo familiar o liquidar el impuesto por separado. En el primer caso presentan una única declaración en la que incluirán todos sus bienes y obligaciones; en el segundo, cada integrante computará en su declaración jurada los bienes propios y la mitad de los gananciales.

La posibilidad de liquidar como núcleo se mantiene aún cuando exista separación de bienes, siempre que los cónyuges vivan conjuntamente.

c) Las sucesiones indivisas, siempre que al 31 de diciembre de 2023 no se halle ejecutoriado el auto de
declaratoria de herederos, cuando su patrimonio fiscal exceda 6:058.000 pesos uruguayos.

d) Las personas físicas, núcleos familiares y sucesiones indivisas que posean patrimonio afectado indirectamente a explotaciones agropecuarias (es decir cuando la explotación la realiza un tercero), por el referido patrimonio.

En este caso no estarán obligados a presentar declaración jurada (siempre y cuando no estén incluidos en los puntos a) b) y c) anteriores), cuando posean exclusivamente patrimonio afectado indirectamente a la actividad agropecuaria y el monto total de los activos agropecuarios no supere UI 6.000.000 (unidades indexadas seis millones).

A estos efectos, el monto total de activos agropecuarios se determina de acuerdo a lo dispuesto en los incisos 2 y 3 del artículo 38 del Título 14 Texto Ordenado 96, considerando la situación a la fecha de determinación del patrimonio, y la cotización de la unidad indexada a esa misma fecha.

Simulador para el cálculo

Para saber si corresponde liquidar impuesto al patrimonio, los interesados pueden utilizar este simulador que permite a acceder a una estimación del impuesto en función de la información patrimonial que dispongan. Tenga presente que el simulador no contempla a quienes deben declarar patrimonio afectado a explotaciones agropecuarias.

A efectos de conocer las normas fiscales aplicables para la determinación del patrimonio se recomienda la lectura del Instructivo impuesto al patrimonio personas físicas

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