Datos a ingresar en el Formulario 2148
Guías
Se expone información adicional sobre los datos a ingresar en el Formulario 2148.
Los datos del contribuyente que declara se ingresan en el programa Sigma cuando se crea el Sujeto Pasivo.
- Nombre o denominación: Es el nombre, denominación y/o razón social del contribuyente.
- No. De RUT: Es el número que otorga DGI al contribuyente en el momento de la inscripción.
Los datos de la declaración se completan en el programa Sigma al crear una nueva declaración o reliquidación.
- Período: Corresponde al último “mes” del período a declarar y “año” que se declara.
- Tipo de declaración: Se debe seleccionar si se trata de una declaración original (DJ con movimiento), una declaración original sin movimientos (DJ sin movimiento) o una reliquidación.
- Se debe indicar si se liquidará o no el Impuesto al Patrimonio Agropecuario (para cierres de ejercicio anteriores al mes de junio de 2013 se debe seleccionar la opción “No”).
- Forma de liquidación: real o ficta
- Contabilidad suficiente: Se debe indicar si el contribuyente posee o no contabilidad suficiente. Téngase en cuenta que cuando se liquida bajo el régimen de contabilidad suficiente, los valores que se ingresan en el Estado de Situación Patrimonial y el Estado de Resultado debe realizarse en base a criterios contables, para luego efectuar los ajustes fiscales que correspondan.
Más información sobre qué líneas utilizar en la declaración:
- Cuando se declara sin contabilidad suficiente los ingresos por diferencia de cambio e intereses se declaran en la línea 198 (Venta de bienes de uso e ingresos no operativos).
- Si el contribuyente no obtuvo ingresos en todo el ejercicio, pero si hizo notas de crédito, se deberá incluir el importe de éstas en los códigos 223/224 (Otros Ajustes).
- Los reintegros por exportaciones se exponen en la línea 162 (Otros ingresos operativos).
- Los contribuyentes que obtienen rentas de actividades agropecuarias y otras rentas, si obtuvieron pérdidas en la actividad agropecuaria y ganancia en las otras, para compensar ambos resultados deben trasladar la pérdida del código 151 del Formulario 1006 al código 158 del Formulario 2148.
Por último, como información adicional se deberá declarar:
- Panel 17: Se debe exponer la determinación de los anticipos correspondientes al ejercicio siguiente. Téngase en cuenta que los de los anticipos de IPAT, Sobretasa del IPAT Agropecuario e ICOSA y del coeficiente de IRAE para el ejercicio siguiente no son calculados por la aplicación, por lo que deben ser completados por el usuario.
- Línea 356: Se debe declarar el monto de operaciones con entidades vinculadas, completando el monto total de operaciones comprendidas en el Capítulo VIII (Precios de Transferencia) del Título 4 del Texto Ordenado 2023.
- Línea 358: Se debe declarar el retiro de utilidades de entidades unipersonales, completando el monto total de utilidades gravadas