Deducciones
Guías
Si al vender un vehículo automotor, el precio al cual se vende es menor que el valor de adquisición actualizado, genera una pérdida patrimonial. Dicha pérdida ¿es deducible a los efectos IRPF Incrementos Patrimoniales?
Sí. Podrán deducirse las pérdidas originadas en las trasmisiones patrimoniales de vehículos automotores siempre que la adquisición del mismo haya sido inscripta en el registro correspondiente o cuando la adquisición se encuentre respaldada por facturas que cumplan los requisitos a que refieren los artículos 40 y siguientes del Decreto 597/988 emitidas por empresas importadoras o concesionarias de automóviles.
FUENTE:
Texto Ordenado 2023, Título 7, Artículo 34
Decreto 148/007, Artículo 29 y 30
¿Pueden deducirse las pérdidas por Incrementos Patrimoniales de los rendimientos obtenidos de capital?
No. Las pérdidas patrimoniales sólo podrán deducirse de incrementos patrimoniales y siempre que puedan probarse fehacientemente. Sólo podrán deducirse las pérdidas originadas en las trasmisiones patrimoniales de bienes inmuebles y vehículos automotores. A tal fin será condición necesaria que los contratos hayan sido inscriptos en registros públicos o que las adquisiciones de los vehículos se encuentren respaldadas por facturas que cumplan los requisitos a que refieren los artículos 40 y siguientes del Decreto 597/988 emitidas por empresas importadoras o concesionarias de automóviles.
FUENTE:
Texto Ordenado 2023, Título 7, Artículo 34
Decreto 148/007, Artículo 30
