¿Cuál es el período de liquidación del IVA correspondiente al servicio de transporte terrestre de pasajeros?
Guías
¿Cuál es el período de liquidación del IVA correspondiente al servicio de transporte terrestre de pasajeros?
El IVA derivado del servicio de transporte terrestre de pasajeros deberá liquidarse en el último mes del ejercicio económico. En el caso de los contribuyentes NO CEDE, la declaración jurada correspondiente se presenta anualmente dentro del cuarto mes siguiente al cierre del ejercicio. Los contribuyentes CEDE, la presentarán al mes siguiente del cierre del ejercicio.
Si de tal liquidación surgiera un saldo a pagar, el mismo se abonará en el mes siguiente al del cierre del ejercicio.
Fuente:
Artículo 1, Decreto 405/003.
Numerales 3 y 4, Resolución 1.478/2007