Excepción en la Importación de potencia energía eléctrica adquirida por UTE Art 52 Título 10 TO Dto 182/05

Guías

Las importaciones de potencia y energía eléctrica y las demás transacciones comerciales necesarias para la importación de energía adquirida por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas están exoneradas de IVA. Para obtener la exoneración deben presentar una Solicitud de Excepción en la importación al amparo del artículo 52 del Título 10 y del Decreto Nº 182/005 munida de la documentación necesaria.

Para efectuar el trámite de forma electrónica, debe estar previamente autenticado en Servicios en línea.

Ingresar en: Servicios en línea / Trámites/ Solicitud de inicio, y seleccionar:

Trámite: Solicitud Excepción Objetiva/Importación

Subtrámite: Estado y Empresas Públicas

Requisitos

Comentarios: para validar dicho campo debe ingresar como mínimo alguna letra o número.

Se deberá adjuntar la siguiente documentación en formato digital:

  1. Formulario 4800 Declaración Jurada Solicitud de Ingreso a Base de Excepciones; identificando la normativa correspondiente, firmado y con timbre inutilizado.
  2. Factura definitiva de importación.
  3. Nota de la UTE debidamente firmada de importación en el marco del Decreto Ley 15.509 de 12/983 – Art. 52 Titulo 10 Texto Ordenado
  4. Poder con certificación de los firmantes.
  5. Factura de Flete (si corresponde).
  6. Póliza de Seguro (si corresponde).
  7. Nº de Depósito y Stock o nota firmada por el importador indicando que los bienes aún no arribaron al país.
  8. Nota debidamente firmada indicando arbitraje utilizado (si corresponde).
  9. Nota del proveedor debidamente firmada desagregando el valor CIF en caso de que la factura incluya gastos, flete y/o seguro interno (si corresponde).
  10. Nota del importador debidamente firmada en caso de tratarse de un despacho parcial (si corresponde).

Se admite un archivo para cada documento en formatos: png, .pdf, .jpg, .xml, .txt, .dgi y .padi.

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