Una indemnización cobrada por una persona física a consecuencia de un accidente de tránsito, ¿se encuentra gravada?

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Una indemnización cobrada por una persona física a consecuencia de un accidente de tránsito que derivada de la cobertura de un contrato de seguro contra terceros ¿se encuentra gravada a los efectos del IRPF?

No. Una indemnización cobrada por una persona física a consecuencia de un accidente de tránsito que derivada de la cobertura de un contrato de seguro contra terceros, no constituye un ingreso comprendido a los efectos del IRPF.

 

Fuente:

Artículo 18, Título 7 Texto Ordenado 2023..

Artículo 21, Decreto 148/007.

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