Los ingresos por servicios profesionales prestados en el exterior a una empresa uruguaya, ¿se encuentran gravados?

Guías

Los ingresos cobrados por un profesional independiente por los servicios que presta en el exterior a una empresa uruguaya ¿constituyen renta gravada por el IRPF?

Las rentas obtenidas por servicios prestados desde el exterior a contribuyentes del IRAE, se consideran de fuente uruguaya y gravada por el IRPF en tanto se vinculen a la obtención de rentas comprendidas en el IRAE, y que sean servicios de carácter técnico, prestados fuera de la relación de dependencia, en los ámbitos de la gestión, técnica, administración o asesoramiento de todo tipo

Fuente:

Artículo 6 Título 7, Texto Ordenado 2023.

Artículo 3, Decreto 148/007

Etiquetas