Instructivo Formulario 3301
Instructivo
¿Quiénes presentan este formulario?
Agentes de retención que soliciten la exoneración del Impuesto al Valor Agregado por retribuciones personales correspondientes a las rentas de trabajo obtenidas por artistas no residentes en espectáculos de carácter público, siempre que hayan obtenido la declaratoria de interés nacional o departamental.
¿Cómo se completa?
Rubro 1 – Identificación del agente de retención
Debe ingresar el RUT y denominación.
Debe marcar si se trata de una declaración “Original” o de una “Reliquidación”. En este último caso se debe completar además el campo “Número de trámite a reliquidar”. Puede obtener el mismo desde el correo electrónico recibido cuando se ingresó el trámite original a través de “Solicitud de inicio de trámite” en el apartado de “Servicios en línea” de la página Web de DGI.
Rubro 2 – Artista o evento
Debe ingresar el nombre del mismo y la fecha de la primera actuación, tal como figuran en la declaratoria de interés.
Debe seleccionar el tipo de declaración de interés (nacional o departamental).
Solo en caso de ser departamental, además en el campo “Informe emitido por” debe seleccionar si el informe fue emitido por el Ministerio de Turismo (MINTUR) o el Ministerio de Educación y Cultura (MEC).
Rubro 2.1 – Detalle de las actuaciones
Debe ingresar fecha, lugar y si la totalidad de las entradas son gratis. En caso de no serlo, debe ingresar el porcentaje de entradas de cortesía, el cual debe ser menor o igual a 20% para ser considerado un evento de carácter público y que opere la exoneración.
Rubro 2.2 – Detalle de los artistas por actuación
Debe ingresar la fecha de las actuaciones, el nombre del artista o la denominación artística y el monto de retribuciones personales del mismo, expresado en dólares americanos.
Rubro 3 – Datos de contacto del agente de retención
Debe ingresar el nombre de la persona que presenta la declaración, su calidad respecto al agente de retención (titular, director, etc.), número de documento, correo electrónico y número de teléfono.
Plazo de presentación
La declaración se deberá presentar a partir de la fecha de la primera actuación y hasta 30 días corridos desde dicha fecha. En caso de reliquidaciones, el plazo es de hasta 45 días corridos desde la primera actuación.
Forma de presentación
Una vez completado el formulario debe pegarse el Timbre Profesional de declaración en el sector correspondiente (debidamente cruzado para su anulación), escanearse o fotografiarse y enviarse conjuntamente con la Declaratoria de Interés Nacional o Departamental (en este último caso además con el Informe emitido por MINTUR o MEC).
Para ello, deberá acceder a Servicios en línea y enviarse desde la opción Trámites / Solicitud de inicio, debiendo seleccionarse la opción “Trámite”: “Envío Declaración Jurada no habilitadas para ingreso Web ni Redes”, SubTrámite: “Exoneración de IVA a Artistas No Residentes”.