Líneas a utilizar en el Formulario 1376 relativas a los Anticipos de Otros Impuestos
Guías
Se expone información adicional sobre las líneas a completar en el formulario 1376 relativas al Panel 4 "Anticipos de Otros Impuestos".
A los efectos de declarar los anticipos de otros impuestos, en el panel 4 del Formulario 1376 se completan las siguientes líneas, que figurarán como "Rubro 6 - Anticipos de Otros impuestos":
- Línea 30 (Anticipo IPAT): se deberá seleccionar la opción de tipo de anticipo que se aplique en el mes a declarar: “DJ común”, “Art.31 Cód. Trib”, “DJ Provisoria” o “No corresponde”.
- Línea 38 (Anticipo IPAT): se declara el anticipo de Impuesto al Patrimonio que se debe realizar en el período.
- Línea 55 (Anticipo Sobretasa IPAT): se deberá seleccionar la opción de tipo de anticipo que se aplique en el mes a declarar: “DJ común”, “Art.31 Cód. Trib”, “DJ Provisoria” o “No corresponde”.
- Línea 56 (Anticipo Sobretasa IPAT): se declara el anticipo de la Sobretasa del Impuesto al Patrimonio que se debe realizar en el período.
- Línea 53 (Anticipo ICOSA): se deberá seleccionar la opción de tipo de anticipo que se aplique en el mes a declarar: “DJ común” o “No corresponde”.
- Línea 52 (Anticipo ICOSA): se declara el anticipo de ICOSA que se debe realizar en el período.
- Línea 86 (Anticipo IRPF Retiro utilidades Ent. Unipersonales): se deberá seleccionar la opción de tipo de anticipo que se aplique en el mes a declarar: “DJ común” o “No corresponde”.
- Línea 59 (Anticipo IRPF Retiro utilidades Ent. Unipersonales): se declara el anticipo de IRPF correspondiente al retiro de utilidades de entidades unipersonales que se debe realizar en el período.
En caso de que se desee declarar anticipos de Impuesto al Patrimonio Agropecuario y Sobretasa deberá seleccionar la casilla "Si" en el campo “Mostrar líneas de anticipos de Impuesto al Patrimonio Agropecuario y Sobretasa”:
- Línea 37 (Anticipo IPAT Agropecuario): se deberá seleccionar la opción de tipo de anticipo que se aplique en el mes a declarar: “DJ común”, “Art.31 Cód. Trib”, “DJ Provisoria” o “No corresponde”.
- Línea 36 (Anticipo IPAT Agropecuario): se declara el anticipo del Impuesto al Patrimonio Agropecuario que se debe realizar en el período.
- Línea 85 (Anticipo Sobretasa IPAT Agropecuario): se deberá seleccionar la opción de tipo de anticipo que se aplique en el mes a declarar: “DJ común”, “Art.31 Cód. Trib”, “DJ Provisoria” o “No corresponde”.
- Línea 54 (Anticipo Sobretasa IPAT Agropecuario): se declara el anticipo de la Sobretasa del Impuesto al Patrimonio Agropecuario que se debe realizar en el período.