Medios habilitados para el pago del IRPF

Guías

Se detalla información necesaria para realizar el pago del IRPF

Lugares y medios de pago: 

  • A través de redes de cobranza Abitab o Red Pagos:

Para realizar el pago por este medio ingresar a servicios en línea / Pagos / Boleto de pago 2908 – Generación, impresión y pago. Para abonar impuestos en redes de cobranza con este boleto, luego de confeccionado, seleccionar la opción Imprimir Boleto.

Más información

  • A través de internet en BANRED y bancos adheridos al sistema:

Para realizar el pago por este medio ingresar a servicios en línea / Boleto de pago 2908 – Generación, impresión y pago. Luego de confeccionado el boleto, seleccionar la opción pagar on line.

No es necesario contar con clave de DGI.

El contribuyente deberá:

  1. Concurrir al banco seleccionado, donde recibirá información y podrá realizar allí el trámite correspondiente, o, si opta por el sistema BANRED, acceder a cualquier cajero de la red y obtener usuario y contraseña. 
  2. Una vez obtenida la habilitación y clave gestionada en el banco seleccionado o en la red de cajeros, deberá ingresar a servicios en línea. 

Más información

  • A través de Internet con certificados de crédito electrónico (CCE):

El pago se podrá realizar una vez obtenida la clave requerida para el pago con CCE (contrato o pin).
Instructivo para el pago con Certificados de Crédito Electrónico.

  • En oficinas de DGI:

Únicamente si el pago se realiza total o parcialmente con certificados de crédito no electrónicos.

Más información

Códigos de impuestos más utilizados

CódigoDescripciónMes cargo
101IRPF- Contribuyentes rentas categoría 1. SaldoDiciembre del año correspondiente
109IRPF- Contribuyentes rentas categoría 2. SaldoDiciembre del año correspondiente
115IRPF- Contribuyentes categoría 2- num.4y5 Res.1484/2008 y otrosMes correspondiente
116IRPF- Contribuyentes categoría 2 ERARMes correspondiente
117IRPF- Contribuyentes rentas categoría 2 núcleo familiar. SaldoDiciembre del año correspondiente
111IRPF- Contribuyentes rentas categoría 1. Anticipo arrendamientoMes correspondiente
114IRPF. Contribuyentes rentas categoría 2. Trabajo independienteUltimo mes del bimestre correspondiente
801MultasMes correspondiente
802RecargosMes correspondiente

 

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