Medios habilitados para el pago del IRPF
Guías
Lugares y medios de pago:
A través de redes de cobranza Abitab o Red Pagos:
Para realizar el pago por este medio ingresar a servicios en línea / Pagos / Boleto de pago 2908 – Generación, impresión y pago. Para abonar impuestos en redes de cobranza con este boleto, luego de confeccionado, seleccionar la opción Imprimir Boleto.
A través de internet en BANRED y bancos adheridos al sistema:
Para realizar el pago por este medio ingresar a servicios en línea / Boleto de pago 2908 – Generación, impresión y pago. Luego de confeccionado el boleto, seleccionar la opción pagar on line.
No es necesario contar con clave de DGI.
El contribuyente deberá:
- Concurrir al banco seleccionado, donde recibirá información y podrá realizar allí el trámite correspondiente, o, si opta por el sistema BANRED, acceder a cualquier cajero de la red y obtener usuario y contraseña.
- Una vez obtenida la habilitación y clave gestionada en el banco seleccionado o en la red de cajeros, deberá ingresar a servicios en línea.
A través de Internet con certificados de crédito electrónico (CCE):
El pago se podrá realizar una vez obtenida la clave requerida para el pago con CCE (contrato o pin).
Instructivo para el pago con Certificados de Crédito Electrónico.
En oficinas de DGI:
Únicamente si el pago se realiza total o parcialmente con certificados de crédito no electrónicos.
Códigos de impuestos más utilizados
Código | Descripción | Mes cargo |
---|---|---|
101 | IRPF- Contribuyentes rentas categoría 1. Saldo | Diciembre del año correspondiente |
109 | IRPF- Contribuyentes rentas categoría 2. Saldo | Diciembre del año correspondiente |
115 | IRPF- Contribuyentes categoría 2- num.4y5 Res.1484/2008 y otros | Mes correspondiente |
116 | IRPF- Contribuyentes categoría 2 ERAR | Mes correspondiente |
117 | IRPF- Contribuyentes rentas categoría 2 núcleo familiar. Saldo | Diciembre del año correspondiente |
111 | IRPF- Contribuyentes rentas categoría 1. Anticipo arrendamiento | Mes correspondiente |
114 | IRPF. Contribuyentes rentas categoría 2. Trabajo independiente | Ultimo mes del bimestre correspondiente |
801 | Multas | Mes correspondiente |
802 | Recargos | Mes correspondiente |