Modificaciones al Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE)

Fichas

Se modifica la liquidación del IRAE ficto, pasando a un régimen progresivo, y se reduce el anticipo mínimo de IRAE para contribuyentes de menores ingresos (Decreto N° 65/023 y Decreto N° 71/023).
  1. Modificación de la liquidación del IRAE ficto

Los cambios a la liquidación ficta del IRAE buscan darle mayor progresividad al impuesto, pasando de un régimen proporcional a uno de tasas progresivas aplicables por tramos, similar al IRPF.

Para ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2023, a las rentas comprendidas en cada tramo se le aplicará el porcentaje correspondiente a dicho tramo, de acuerdo a la siguiente escala:

Más deHasta%
UI 0UI 1.000.00012%
UI 1.000.000UI 2.000.00014%
UI 2.000.000UI 3.000.00048%
UI 3.000.000En adelante60%
El valor de la UI a considerar es el vigente a cierre de balance. A modo ilustrativo, para cierres al 28/02/2023, UI 1.000.000 son $5.656.200.

La nueva escala incorpora el primer tramo, beneficiando a contribuyentes que tienen ingresos inferiores a UI 1.000.000 con una reducción de tasa (de 13,2 a 12%).
 

  1. Reducción del anticipo mínimo de IRAE

En 2023 los anticipos mínimos de IRAE más bajos se reducen de $ 6.770 a $ 5.970, al incorporar un nuevo tramo para contribuyentes cuyos ingresos gravados no superen una vez y media el límite del literal E del artículo 52º del Título 4 ($ 2.563.052 al 31/12/2022).

A modo de ejemplo para cierres de balances al 31/12/22, la nueva escala es la siguiente:

Ingresos (veces el límite del Literal E) Artículo 52: 305.000 UI)IngresosPago Mensual Vigencia: 1/1/2023
 Más de Hasta 
Hasta 1,5 veces el límite$ 0   $ 2.563.052  $ 5.970
Más de 1,5 hasta 3 veces$ 2.563.052$ 5.126.105  $ 6.770
Más de 3 hasta 6 veces$ 5.126.105$ 10.252.209  $ 7.400
Más de 6 hasta 12 veces$ 10.252.209$ 20.504.418  $ 9.940
Más de 12 hasta 24 veces$ 20.504.418$ 41.008.836 $ 13.470
Más de 24 veces$ 41.008.836  $ 16.840

 

(Decreto N° 65/023 y Decreto N° 71/023)

 

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