Obligaciones a declarar en el Formulario 2104

Guías

Se expone información adicional sobre las obligaciones a declarar en el Formulario 2104.

En el Formulario 2104 se debe exponer y declarar la liquidación del Impuesto al Patrimonio, así como también el Impuesto al Patrimonio Agropecuario en los casos que corresponda.

Esta declaración jurada se presentará anualmente en las fechas previstas por el Cuadro General de Vencimientos. Recuerde que el incumplimiento de su presentación, cuando corresponda, tipifica la sanción de contravención prevista en el Código Tributario Artículo 95.

Conjuntamente con la presentación de la declaración corresponde abonar por concepto de Timbres de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios el correspondiente a la presentación de declaraciones. Para el caso de declaraciones presentadas por personas físicas, núcleos familiares y sucesiones indivisas que posean patrimonio afectado indirectamente a explotaciones agropecuarias -y sólo por el referido patrimonio- se deberá abonar Timbre Profesional cuyo valor es el 0,01% de la suma de las líneas (520 más 521) aplicando el tope máximo fijado para el semestre.

Se debe tener presente que una reliquidación sustituye la declaración jurada anterior.