Obligaciones a declarar en el Formulario 2142
Guías
El formulario 2142 es una declaración jurada trimestral en la cual los agentes de retención deben detallar las retenciones practicadas en el trimestre (se declarará como período el mes y año que correspondiente al último mes del trimestre informado). Para cada proveedor se indicará el número de RUC e importe total del IMEBA retenido en el período. De existir retenciones no definitivas a contribuyentes sin número de RUC se agruparán las mismas por línea, ingresando 0 como número de RUC.
Asimismo, para semestres iniciados a partir del mes de octubre de 2020 el formulario 2142 habilita la posibilidad de solicitar certificados de crédito para los siguientes orígenes:
- Anticipo de IMEBA en la importación (código de impuesto - 563)
- Anticipo adicional MEVIR en la importación (código de impuesto - 565)
- Anticipo adicional INIA en la importación (código de impuesto - 567)
Esta declaración jurada se debe presentar de forma trimestral, dentro del mes siguiente período liquidado en las fechas previstas por el Cuadro General de Vencimientos. Recuerde que el incumplimiento de su presentación, cuando corresponda, tipifica la sanción de contravención prevista en el Código Tributario Artículo 95.
Se debe tener presente que una reliquidación sustituye la declaración jurada anterior.