Preguntas frecuentes acerca del Formulario 2142
Guías
¿Cómo se solicita el crédito correspondiente a los Anticipos de IMEBA en la Importación y sus correspondientes adicionales (INIA y MEVIR)?
De acuerdo a lo previsto por la Resolución DGI Nº 2228/2020 del 30/11/2020, los contribuyentes del IMEBA podrán solicitar el crédito a que refiere el último inciso del Artículo 8 del Decreto N° 14/015 del 13/01/2015, únicamente en oportunidad de la presentación del Formulario 2142 (periodicidad trimestral).
El referido crédito podrá solicitarse en el Formulario 2142 correspondiente al trimestre en que fue realizada la importación, o en su defecto trasladarlo a las declaraciones juradas de los siguientes trimestres, no pudiendo solicitarse más allá del año civil en que se generó el mismo.
Para el caso particular del trimestre finalizado en el mes de diciembre de 2020, a los importes correspondientes del trimestre se le sumaran la totalidad de los Anticipos de IMEBA en la Importación no aplicados en el Formulario 2142 correspondiente a los trimestres anteriores. Si de la declaración surge un crédito el mismo deberá solicitarse en el propio formulario. A raíz de esta nueva forma de proceder los créditos por IMEBA Importación no se deben trasladar más a los formularios de IRAE.
Para saber más se sugiere consultar el Cuadro de certificados de crédito.