Quiénes no pueden ampararse al régimen de Monotributo
Guías
¿Quiénes no pueden ampararse al régimen de Monotributo?
No podrán ampararse al régimen de monotributo quienes ya ejerzan una actividad sujeta a afiliación patronal (con la excepción prevista para los contribuyentes rurales). Tampoco pueden ampararse los siguientes sujetos:
- los titulares de empresas unipersonales o sus cónyuges o concubinos colaboradores, cuando alguno de ellos sea simultáneamente socio de cualquier tipo de sociedad personal, o tenga la calidad de director de una sociedad anónima, aún cuando permanezca inactivo;
- las sociedades de hecho cuando alguno de sus socios tenga simultáneamente la calidad de socio o director a que refiere el literal anterior; y
- quienes presten servicios personales fuera de la relación de dependencia, ya sea en forma individual o societaria.